Expresa la profesora Guadalupe Palacio de Gómez: La Historia Argentina registró una repetición en el Sillón de Rivadavia, con Luis Sáenz Peña y su hijo Roque, ambos Presidentes de la Nación, que no concluyeron su mandato.
El día que se inauguró la estatua de Roque Sáenz Peña en la Capital Federal entre los juicios emitidos se destacó el que publicó “La Prensa”, el 9 de agosto de 1936, que decía:
“Transcurrió su infancia en un período en que todavía la Nación Argentina pagaba el tributo doloroso de la guerra civil al afianzamiento de las instituciones, y en sus mocedades fue testigo y actor en algunas convulsiones ocasionadas por las renovaciones presidenciales.
Esas luchas eran fruto de la inexperiencia en el gobierno y en el ejercicio de las formas superiores de la democracia, pero terminaban siempre con acuerdos que creían inspirados por la salud de la Patria, en cuyo beneficio se deponían ambiciones y se olvidaban rencores. (...) los que debieron influir en los actos más destacados de su vida”...
En la política se vive un poco de los vaivenes de los adversarios y eso ocurrió con Roque de Sáenz Peña que recién al cumplir sesenta años fue elegido en 1910 Presidente de la Nación, cuando podría haberlo hecho en 1892 cuando sus amigos levantaron su nombre y sus opositores levantaron el de su padre para obligarlo por ética a no aceptar la candidatura.
Fue un error, porque tanto él como su compañero de diplomacia llegaron tarde a la primera magistratura. Ambos en la plenitud de su vida, murieron durante su gestión.
A principios de 1909 se afirmó su candidatura apoyada por el partido Unión Nacional, el cual poseía una tendencia oficialista, mientras se movía contundentemente como oposición la U. C. R., la Unión Cívica, el Partido Socialista y La Liga del Sur en la provincia de Santa Fe, fundada por Lisandro de la Torre.
Pellegrini había confesado: “La generación que logre sacar al país de su sopor y encaminarlo a las urnas, le habrá prestado servicios tan trascendentales como el de su independencia” y Roque Sáenz Peña se identificó con ese ideario, tenía bien claro: “el problema principal de la vida política era “el fraude electoral” que alejaba al pueblo de las urnas y empujaba a la oposición a salidas violentas”.
Expresa el señor don Octavio Amadeo: “Había unción en su voz; todos comprendieron que no era un juglar de feria ni un sacamuelas electoral, sino un hombre nuevo con una anunciación.” Un pueblo que no puede votar, ni darse gobiernos propios, no es un pueblo en el concepto jurídico, ni en su significado sociológico, esto no es una república, ni una democracia”.
A los dos meses de asumir, mandó un proyecto al Congreso para que levantase un nuevo padrón electoral sobre la base del registro militar- lo mismo que había pedido Quirón Acosta y Victorica en 1908 a sugerencia de Roca.
El enrolamiento estuvo a cargo del ministerio de Guerra y el Poder Judicial debió indicar que ciudadanos tenían derecho a voto y designar quienes debían organizar el acto eleccionario.
Pensar que a pesar de ser un aristócrata de cuna, educado en el club y las embajadas, un hombre refinado que ignoraba las costumbres del hombre común le dio el arma de su liberación, superior a la abstención y a las revoluciones violentas.
El pueblo estaba apolillado y Sáenz Peña lo sacó al sol, a la justicia, a elegir su propio destino. “Su ley electoral valió, vale y valdrá hasta el final de los tiempos tanto como la Constitución formando parte de ella”.
Cuando comenzaron los primeros síntomas de la enfermedad que lo llevaría a la muerte, el país tenía los elementos de trabajo, producción y riqueza al alcance de su voluntad, materiales cuya salida provechosa, podrían lograr su prosperidad.
Después de dos pedidos de licencia en 1913, al concedérsele otra por tiempo indeterminado, no pudo más vencer a su enfermedad, falleciendo así el 9 de agosto de 1914, una semana después de haber estallado la Primera Guerra Mundial.
NOTA INFORMATIVA PARA LOS ARGENTINOS:
El sistema de la Ley Sáenz Peña:
La ley Sáenz Peña o Ley 8.871, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el 26 de marzo de 1912, estableció la lista incompleta combinada con el secreto y la obligatoriedad del sufragio y el mecanismo plurinominal. Aunque seguía siendo exclusivo para varones argentinos, nativos y naturalizados, mayores a 18 años. Estos son algunos de los artículos más importantes de la ley:
“Art. 01. Son electores nacionales los ciudadanos nativos y los naturalizados desde los dieciocho años cumplidos de edad, siempre que estén inscriptos unos y otros en el padrón electoral.
Art. 5. El sufragio es individual, y ninguna autoridad, ni persona, ni corporación, ni partido o agrupación política puede obligar al elector a votar en grupos, de cualquier naturaleza o denominación que sea.
Cabe mencionar que la misma fue modificada en varias ocasiones, detallando así las siguientes leyes:
Ley 9.147 de 1913
Ley 10.267 de 1917
Ley 10.269 de 1917
Ley 11.050 de 1920
Ley 11.387 de 1926
Bibliografía:
Barreda Felipe: “Roque Sáenz Peña “. Buenos Aires,1934.
Amadeo Octavio: “Vidas argentinas”. Buenos Aires,1936.
Viale César: “Roque Sáenz Peña a través de su vida política”. Buenos Aires, 937.
Giussani Pablo: “La quimera de un romántico” Cap. De Crónica de la historia argentina. Hyspamérica Ediciones,1992.
Sáenz Peña Roque. Avenida. Topografía.
Corre de N. A S. a la altura de Av. Sorrento1500.
Carece de designación oficial.
Recuerda a Roque Sáenz Peña (1851 – 1914) , presidente de la República desde 1910 a 1914.