Después de Caseros, la alianza del Litoral liderada por Urquiza, planteó la unidad del país y la necesidad de organizarlo constitucionalmente. Se trataba de consolidar la victoria sobre Buenos Aires y de establecer un sistema de relación entre ésta y el resto de las provincias, sin afectar sus autonomías.
Con ese objetivo convocó a una reunión de gobernadores en la ciudad de San Nicolás.
En efecto, con el acuerdo firmado por los gobernadores en San Nicolás, el 31 de mayo de 1852, sobre el Pacto Federal de 1831, Urquiza obtuvo el consenso necesario para convocar a un congreso “constitucional”.
La reacción porteña a la nueva situación política y a los recortes que impondría una constitución federal no se hizo esperar.
Así mientras en Santa Fe se discutía la constitución, Buenos Aires se separaba de la Confederación.
EL Congreso Constituyente en Santa Fe, el 1° de mayo de 1853, sesionó y aprobó la Constitución Nacional, sin contar con la representación porteña.
Constitución de 1853. Artículo principal: Constitución Argentina de 1853.
.La Constitución fue aprobada el 1 de mayo de 1853 en la Ciudad de Santa Fe, capital de la Provincia de Santa Fe, durante el gobierno provisorio de Justo José de Urquiza. En 1859 y luego de la batalla de Pavón, Buenos Aires y la Confederación se reunificarían y a tal efecto se realizó la Reforma de 1860.
Elaborada bajo la influencia del pensamiento liberal, se apoyó en la propuesta de Juan B. Alberdi, formulada en “Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina” y en la Constitucional de Filadelfia, al adoptar la forma representativa, republicana y federal, señala el historiador Natalio Botana.
La Constitución tenía un preámbulo y dos grandes partes, la primera dedicada a los derechos y garantías y la segunda dedicada a la organización del gobierno. El texto estuvo redactado en 107 artículos.
El preámbulo, sin valor normativo, adoptó la fórmula inicial del famoso “ nosotros, el pueblo” de la constitución estadounidense pero modificada como “ N os, los representantes del pueblo” para subrayar la naturaleza exclusivamente representativa del sistema adoptado. Declarando también que la constitución es ”para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino” .
La primera parte (derechos y garantías) fue redactada en 31 artículos. Tratándose de una constitución liberal, básicamente contiene los derechos humanos de primera generación: (principio de legalidad, principio de igualdad ante la ley, derecho de propiedad, inviolabilidad del domicilio, libertad de expresión sin censura previa, libertad de circulación, etc.).
La segunda parte (G obierno) regulaba la organización de los tres poderes federales (ejecutivo, legislativo y judicial) y los gobiernos provinciales, según la forma representativa, republicana y federal (federalismo atenuado).
Organizó un P oder E jecutivo fuerte (presidencialismo), con facultades para intervenir las provincias, declarar el estado de sitio, designar a los jueces, etc.
El P oder L egislativo bicameral con facultades para sancionar los códigos principales.
El P oder J udicial organizado sobre la base del juicio por jurados, pero nunca fue cumplido. El sistema electoral no establecía el sufragio secreto ni universal (prohibía el sufragio femenino).
La Constitución Nacional de 1853 es la que, con sucesivas reformas, rige en la actualidad (la última reforma fue efectuada en agosto de 1994). En 1859 y luego de la batalla de Pavón, Buenos Aires y la Confederación se reunificarían y a tal efecto se realizó la Reforma de 1860.
Una vez sancionada la Constitución fueron electos en 1854 Justo José de Urquiza y Salvador María del Carril como Presidente y Vicepresidente de la Confederación, comenzándose la administración y la búsqueda de mayor consenso y estabilidad política en las provincias.
Para evitar conflictos de expropiación, se llegó a un acuerdo por el cual la empresa debía alumbrar gratuitamente la plaza creada delante de la usina (futura plaza Brown).